El ciudadano PINTO RIOS FREDDY RAFAEL, fue condenado por el Juzgado Séptimo (7ª) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas en fecha 17-10-2003, a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y (10) DIEZ DIAS DE PRESIDIO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO EN GRADO DE FRUSTRACION Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 5 en relación con el 6 numerales 1,3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y 80 en su ultimo aparte y 82 del Código Penal, y articulo 219 ordinal 2ª ejusdem todo en relación con el 87 ibidem. Dicho penado fue objeto de la medida de REGIMEN ABIERTO en fecha 18-01-2006, por decisión de este Juzgado, medida bajo la cual se ha mantenido hasta la presente fecha.
El artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal, establece: "...La Libertad Condicional podrá ser acordada por el Tribunal de Ejecución, cuando el penado haya cump.....