De las actas cursantes en el expediente, se evidencia que el ciudadano APONTE MENDOZA JULIO, se encuentra detenido desde el 09-02-2006 hasta la presente fecha, permaneciendo un tiempo de detención de 3 Meses y 22 Días de Prisión, restándole por cumplir de la pena impuesta 1 año, 8 meses y 8 días, pena ésta que cumplirá el 09-02-2008.
De igual forma el mencionado ciudadano debe cumplir las penas accesorias a las que fue condenado de la siguiente manera:
1.-INHABILITACIÓN POLÍTICA: por el tiempo de la condena, produciendo como efecto la privación de los cargos o empleos públicos o políticos que tengan los penados e incapacidad para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio, perdida de dignidad o condecoraciones oficiales obtenidas, la cual la finalizarán el día 09-02-2008.-
2.-SUJECIÓN A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: por quinta cuarta parte de la condena, una vez terminada la misma, siendo en el presente caso un tiempo de: 5 meses y 24 días de prisi.....