En el presente caso no se debate la indemnización por infortunios del trabajo sino el pago de las prestaciones durante el tiempo en que duró la relación de trabajo, entre ellas la prestación de antigüedad.
Es por tal razón la intención del legislador que al fallecer el trabajador las indemnizaciones, pasen al patrimonio de los familiares del trabajador sólo en lo referente al pago de la prestación de antigüedad y los otros conceptos se transmiten a sus herederos aplicando el orden de suceder prevista en el Código Civil".
Por Otra parte señala la Sentencia. El pago realizado por el empleador dentro del lapso de los 3 meses contados a partir del fallecimiento del trabajador, traslada la responsabilidad de este a los beneficiarios, pues ya el empleador pago toda la deuda."
Ahora bien en el presente caso nos encontramos frente una transacción sobre la asignación de antigüedad y otros conceptos dentro de los cuales se incluyen las vacaciones y bono vacacional no pagados, así .....