Ambas partes de mutuo y común acuerdo han decidido transar la presente causa por la cantidad de Bs. 9.936.959,68, de los cuales la parte actora recibe en este acto la cantidad de Bs. 8.923.126,48, mediante cheque que se consigna en copia para agregar al expediente, quedando la empresa a deber Bs. 1.013.833,20, por concepto de preaviso art.104 de la LOT, que se compromete a cancelar entre los días 04 y 08 de junio de 2.007. Cuarto: Ambas partes consignan escrito y anexo la liquidación para que forme parte integrante del presente acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada