DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana en Funciones de Cuadragésimo Sexto de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD al ciudadano CARLOS EDUARDO DIAZ MEJICANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-18.589.851, todo de conformidad con los artículo 250 ordinales 1°, 2° y 3° y 251 ordinales 2° y 3° y parágrafo primero del mencionado artículo. Se ordena como sitio de reclusión la zona siete del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Guarico, con sede en san Juan de Los Morros, Estado Guarico. Y ASÍ SE DECIDE. Remítase en su oportunidad legal al la Oficina de Alguacilazgo, a los fines de que sea enviadas las presentes actuaciones a la Fiscalía 53º de esta Jurisdicción. Diaricese. Ofíciese. Cúmplase.
LA JUEZA
ROMY MEN.....