En fuerza de las motivaciones que anteceden este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la libertad del ciudadano David Bernardo González Rodríguez, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 23-01-1976, titular de la cedula de identidad Nº V- 13.774.597, natural de Barquisimeto Estado Lara, soltero, de profesión comerciante, residenciado en la carrera 8 entre calles 13 y 1 de San Francisco, casa sin numero, Barquisimeto Estado Lara, Quedando las partes debidamente notificadas en sala se acuerda la remisión de las presentes actuaciones al Tribunal de Ejecución Nº 3 de Barquisimeto Estado Lara y líbrese boleta de libertad.
Diarícese, regístrese y certifíquese.
La Juez de Control No.3
Abg. Ana Isabel Gavidia Cirimeli
La Secretaria,
Abg. Nina González.....