el Tribunal, tomando en cuenta los principios de saneamiento, visto que la demanda ya fue contestada y la reposición se hizo con el objeto de que el defensor aportara a los autos los elementos de prueba que demuestren haber localizado a su defendida, este Tribunal apercibe al Defensor Ad litem para que comparezca por ante este tribunal y consigne elementos probatorios que demuestren su gestión a los fines de localizar a la parte demandada y fija la oportunidad para que tenga lugar la audiencia preliminar a celebrarse al quinto día de despacho siguiente a la notificación de las partes, a las 10:a.m Así se decide.