En consecuencia, en virtud de la entrada en vigencia de un nuevo marco legal para los procedimientos arrendaticios y dada la reposición de la causa al estado de admisión, y vista la pretensión de DESALOJO incoada por el abogado CARLOS GOTTBERG TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 51.871, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANKLIN DA SILVA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº 6.322.804, intentada contra el ciudadano CARLOS DA SILVA, venezolano, mayor de edad, y portador de la Cédula de Identidad Nº V-12.377.277, este Juzgado la admite en cuanto ha lugar en derecho por los trámites de las disposiciones relativas al procedimiento oral, contenida en los artículos 99 y siguientes de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Viviendas; y en consecuencia ordena emplazar a la parte demandada, ciudadano CARLOS DA SILVA, supra identificado, para que comparezca por ante este Juzgado, ubicado entre la Avenida principal de Los Cortijos de L.....