III
Por los razonamientos anteriormente expuestos este JUZGADO VIGESIMO OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de la Partida de Matrimonio, solicitada por el ciudadano JOSE ANTONIO MARTIN DOS SANTOS, mayor de edad, venezolano y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 6.719.982, la cual corre inserta en los Libros de Registros Civil del Municipio Brión del Estado Miranda. En consecuencia, se ordena la rectificación solicitada, en los siguientes términos: donde se lee: "estado civil soltero", debe leerse: "estado civil divorciado"", y para ello se ordena remitir copia certificada de la solicitud y de la presente decisión, al Registro Civil del Municipio Brión del Estado Miranda y al Registro Principal del Estado Miranda, para que de conformidad con l.....