Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano JORGE ENRIQUE ABREU BRAVO contra SERVICIOS CORPORATIVOS DE VIGILANCIA 2600, C.A. (SERCOVICA) e INVERSIONES CONFINANZAS, C.A., ambas partes identificadas en el cuerpo de la presente sentencia. SEGUNDO: SE ORDENA a las co-demandadas SERVICIOS CORPORATIVOS DE VIGILANCIA 2600, C.A. (SERCOVICA) e INVERSIONES CONFINANZAS, C.A., pagar al ciudadano JORGE ENRIQUE ABREU BRAVO, los conceptos y cantidades conforme a los términos y condiciones establecidos en la motiva del presente fallo. TERCERO: SE ORDENA la designación de un (1) solo experto, cuyos honorarios serán sufragados por la demandada, siendo que a todo evento se insta al Juez de ejecución que le correspo.....