Con fundamento a las consideraciones que anteceden, administrando justicia en nombre de República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, este Juzgado declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES, interpuso la sociedad mercantil SURTIMUEBLES WAEL, C.A. contra BANCO ACTIVO, C.A. BANCO UNIVERSAL, a quien se condena a pagar a la parte actora la cantidad de CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS BOLÍVARES (Bs. 43.676,00), por concepto de los consumos efectuados en el establecimiento comercial de la parte actora, antes relacionados, derivados del contrato de Afiliación de Establecimiento para el uso de puntos de venta (P.O.S.) celebrado entre las partes, denominado Contrato de Adquiriencia.