Este Juzgado Segundo Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:PRIMERO: CON LUGAR la apelación opuesta por la parte actora contra la sentencia de fecha 18 de octubre de 2006, dictada por el suprimido Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación opuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 18 de octubre de 2006, dictada por el suprimido Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. TERCERO: SIN LUGAR la defensa de prescripción de la acción interpuesta por la parte demandada. CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Roxana Prato .....