donde dice "...LISETTE ANIUSKA MOHAMED IBAÑEZ..."; lo correcto es LISETTE ANIUSKA MOHAMMED IBAÑEZ, y es como debe constar. Asimismo donde dice: ".....RAMON MOHAMED GONZALEZ..." lo correcto es RAMON MOHAMMED GONZALEZ, y es como debe constar. Téngase la presente aclaratoria como parte integrante de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 20/07/2009. Y ASI SE DECIDE. Remítase anexo a oficios copia certificada de la Sentencia y la presente aclaratoria a la Primera autoridad Civil de la Parroquia Santa Rosalía, Municipio Libertador del Distrito Capital.- Para la reproducción de las copias, se acuerda el procedimiento de fotostatos, los cuales serán suscritos por la Secretaria de éste Juzgado, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil- LIBRENSE OFICIOS.-
LA JUEZ,
DRA INDIRA PARIS BRUNI
LA SECRETARIA,
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