declara:
1.- ADMITE la querella funcionarial interpuesta conjuntamente con Amparo Cautelar por el ciudadano RENE VLADIMIR CARREÑO LOVERA, asistido por la abogada YESSENIA CAROLINA ORTIZ CARRERO, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo, contra la Alcaldía del Municipio Libertador del Distrito Capital, por la actuación material de impedirle también cumplir con las funciones inherentes al cargo que desempeña, y haberle suspendido el pago de su salario, sin que mediara procedimiento administrativo, acto administrativo o notificación alguna.
En consecuencia se ordena citar al Sindico Procurador del Municipio Libertador del Distrito Capital, para que de conformidad con el segundo aparte del artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, comparezca ante este Órgano Jurisdiccional a dar contestación a la querella, en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes a su citación anexándole copias certificadas del escrito recursorio, de todos los anexos y.....