PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JHONATHAN ALBERTO HERRERA TORO, de nacionalidad venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 30-04-1978, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº V-13.852.940 y residenciado en el Conjunto Residencial El Paraíso, cuarta etapa, Torre B, piso 17, apartamento 174, El Paraíso, Caracas, por la comisión del delito tipificado y penado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en relación con el artículo 163 ordinal 7º Ejusdem, descrito como TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: EXONERA al Estado y al acusado al pago de las costas procesales a las cuales hace referencia los ordinales 1º y 2º del artículo 266 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 268 Ejusdem, sobre la base del contenido del artículo 26 de la Constitución de la República B.....