Por las razones antes expuestas, éste Tribunal Décimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes existente entre los ciudadanos: RAMON LOPEZ LLANOS y CARMEN DEL ROSARIO VARGAS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 6.244.117 y V-20.490.311, respectivamente, y consecuencialmente disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos por ante el Consejo Municipal del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 11 de julio del año 2008, según consta de acta de matrimonio número 121, del libro de matrimonios correspondientes al año 2008.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las autoridades correspondientes a los fines de .....