Ratificar el contenido de la decisión dictada por este Tribunal en la audiencia realizada en fecha28/02/07, en la que se acordó la sustitución de la medida de Privación de Libertad por las medidas de Semilibertad prevista en el articulo 627 de la Ley Orgánica para la Protección del niño y del Adolescente por Seis (06) meses y Luego la Medida de Libertad Asistida prevista en l articulo 626 Ejusdem, por Dos (02) meses y Siete (07) días al joven: (IDENTIDAD OMITIDA), de 17 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.676.160, residenciado en: Barrio el Milagro, Los Cagilones, callejón Santa Isabel, casa numero 37.