DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, esta Sala de Juicio N° I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente demanda de Obligación Alimentaria, presentada por la abogada CAROLINA GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Nonagésima Segunda del Ministerio Público, actuando en beneficio e interés de la adolescente (X) de catorce años de edad, en contra del ciudadano JOSE GREGORIO VAAMONTE, cuyos razonamientos se dan aquí por reproducidos de la motiva del presente fallo.
Publíquese Y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio I del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los (2°) días del mes de Marzo de 2.007. Años 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Jueza de Sala,
Águeda Do.....