En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil JANTESA INGENIERÍA Y GERENCIA INTEGRAL DE PROYECTOS, S.A., (antes denominada Jantesa, S.A.), domiciliada en Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de enero de 1973, bajo el número 18, tomo 3-A, interpuso ante el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de esta Circunscripción Judicial (Distribuidor), contra la Resolución de Sumario Administrativo GCE-SA-R-98-289; la Resolución de Sumario Administrativo GCE-SA-R-98-290; las planillas de liquidación 0275705; 0275710; 0275712; 0275713; 0275718; 0275719; 0275721; 0275722; 0275724; 0275725; 0275727; 0275729; 0275731; 0275740; 0275741; 0275742; 0275743; 02.....