En razón de lo expuesto anteriormente, esta Sala Uno de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Abogado. ANDRES ELOY CASTILLO, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos LARA SOLORZANO JHONNY RÁFAEL, MORILLO VAAMONDE CARLOS ENRIQUE y PALACIOS MACHADO EDGAR ALEJANDRO, el cual se fundamenta conforme al artículo 447 ordinal 4°, del Código Orgánico Procesal Penal, recurso interpuesto en contra de la decisión dictada por el Juzgado Quincuagésimo Segundo (52°) en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 06 de Enero del 2010, mediante la cual decreta PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los prenombrados imputados, por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y Robo de Vehiculo A.....