Vista la solicitud realizada por las partes. A los fines que le sean expedidas copias certificadas de la presente transacción y del auto que la homologue, así como del auto que así lo acuerde. Este Tribunal vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo , da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se acuerdan las copia certificada solicitada de la presente acta transaccional y del auto que lo homologa, de conformidad con lo establecido en el Art 21 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo. Expídanse por Secretaria. Se devuelven las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. Antonio Boccia.
Parte actora parte demandada
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