Del estudio de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa que, en fecha 22 de marzo de 2013, la abogada DILYNG AYESTARÁN, Inpreabogado Nº 129.814, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, la empresa SERVICIOS ALTO CENTRO, C.A., desiste del presente procedimiento de oferta de pago, a favor de la ciudadana, LESLIE GUTIÉRRES OLIVEROS; que la referida abogada tiene facultades expresas para desistir, este Juzgado Homologa el referido Desistimiento, dándole efectos de cosa juzgada. Asimismo, se da por concluido el proceso y se ordena el cierre y archivo del expediente.