En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EFECTUADO, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por el Abogado LEOBARDO SUBERO RODRIGUEZ, en  fecha 26 de Enero de 2011,  y  de  conformidad con  lo  previsto en el  artículo  263  del Código de Procedimiento Civil, DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA el mencionado DESISTIMIENTO.