este Tribunal a los fines de procurar la estabilidad de los juicios, evitando o corrigiendo las faltas que puedan anular cualquier acto procesal, y salvaguardar así, el derecho constitucional a la defensa y debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara la nulidad de la notificación practicada a la Procuraduría General de la República en fecha 19 de marzo de 2012 y se decreta la reposición de la causa al estado de notificar nuevamente a dicho ente, de acuerdo a las previsiones de los artículos 81 y 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, remitiéndoles copias certificadas de la solicitud, de la documentación acompañada a ésta y del auto de admisión, por lo que se ordena compulsar y certificar por secretaría de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil por dis.....