Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora, en contra de la sentencia dictada en fecha 27 de noviembre de 2012, por el Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Juicio de esta misma Circunscripción Judicial del Trabajo. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano José Gregorio Rangel Benitez, contra Importadora Abussi 2004, C.A e Inversiones Zuna 1040, C.A. En consecuencia se condena a la parte demandada a cancelar los conceptos establecidos en la parte motiva de la presente decision. TERCERO: SE REVOCA la sentencia apelada. CUARTO: Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.