Se declara con Lugar la impugnación de la experticia complementaria del fallo. SEGUNDO: Se fija como monto a pagar por la demandada MUEBLES SOREMIA C.A., a la parte actora ciudadanos MARIO HERNANDEZ, la cantidad de CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO BOLIVARES CON SETENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 44.445,79) y al ciudadano ALEXIS ARAY CHAVEZ, la cantidad de DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE BOLIVARES CON VEINTITRES CENTIMOS (Bs. 18.827,23) . TERCERO: En virtud que no se encuentra regulado el lapso para dictar decisión en el presente procedimiento, esta Juzgadora a los fines de garantizar la tutela judicial efectiva y el debido proceso ordena la Notificación de las partes.-