En mérito de las consideraciones anteriores, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, incoada por el ciudadano JESUS FLORES contra la entidad de trabajo BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A. Se condena al demandado a ajustar la pensión de jubilación y en consecuencia deberá pagar al actor a partir del 26-9-2008 hasta la ejecución del presente fallo, y las que se sigan causando, la diferencia entre lo que ya pagado por la entidad de trabajo demandada por pensión de jubilación equivalente a Bs. 40,00 mensuales y el 85% del salario promedio del cargo de CONSULTOR DE GESTION DE PROCURA, por ser un cargo de funciones similares a la que desempeñó el actor al momento de su egreso, en aplicación de la cláusula 23 de la Convención colectiv.....