III
DISPOSITIVO
Por las razones que anteceden, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de matrimonio presentada por la ciudadana AIDA COROMOTO SOLER DE QUINTERO, identificada al inicio del presente fallo. Como consecuencia de lo precedentemente señalado, SE ORDENA la rectificación del acta de Matrimonio levantada bajo el Nº 365, de fecha 17 de junio de 1983, expedida por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Juan del Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: Donde se identifica con el número de cédula de identidad del cónyuge de la solicitante, ciudadano Jorge Enrique Quintero Mujica, como "V-6.352.155", debe decir "V-6.352.135".