Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano LUCAS DIAZ ROJAS, contra la demandada COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE DIVISAS (CADIVI) y consecuencialmente, se condena a esta última, a cancelar al actor el monto en dinero que resulte de la experticia complementaria al fallo, por los siguientes conceptos y montos: 1) Prestación de Antigüedad; 2) Vacaciones Fraccionadas 12,50 días; 3) Bonificación Vacacional fraccionada conforme a lo establecido en el artículo 223 de la Ley Orgánica del Trabajo; 4) Indemnización por Despido Injustificado Articulo 125 de la Ley Orgánica del Trabajo 60 días; 5) Preaviso Sustitutivo 45 días.- Y para determinar el monto real adeudado por estos conceptos, se ordena realizar una e.....