Por las consideraciones expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la acción incoada por el ciudadano EVER MUÑOZ GUERRA contra la empresa PASTELERÍA ADRIANA Y DIEGO, C.A.; y en consecuencia se condena a la empresa demandada, a cancelar la cantidad de CIENTO TREINTA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON TREINTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 130.338,31), por los siguientes conceptos y cantidades: 1) Por PRESTACIÓN SOCIAL DE ANTIGÜEDAD E INTERESES: La cantidad de Bs. 44.114,94. 2) Por VACACIONES Y BONO VACACIONAL: La cantidad de Bs. 24.166,10. 3) Por UTILIDADES: La cantidad de Bs. 22.439,95. 4) Por RETIRO JUSTIFICADO: La cantidad de Bs. 39.617,32. Para un total condenado a pagar por concepto de prestaciones sociales, otros conceptos labora.....