Por todos los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, en nombre d ela República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la solicitud de Reposición de Causa en el juicio seguido por los ciudadanos ZENAIDA DEL CARMEN MEZA, DORIGEN DEL CARMEN CASTILLO y MARGENIS DEL CARMEN CARRASCO GONZALEZ contra REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, por órgano del Ministerio del Poder Popular para la Salud, por pasivos laborales.
No hay condenatoria en costas, por el ente demandado.
Se ordena notificar de la presente decisión a la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela.