"...este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara Embargado Preventivamente la cantidad de UN MILLON VEINTICINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON 22/100 CENTIMOS (Bs.1.025.961,22), de la Cuenta Corriente señalada por el ejecutante, la cual pertenece a la ejecutada antes identificada, y en aplicación de los dispositivos sobre la materia contemplados en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en la Ley sobre Depósito Judicial, ordena desaposesionar jurídicamente el monto indicado de la cuenta de la empresa sociedad mercantil YAKEETOUR. COM.VE, C.A., y mantener la cantidad embargada preventivamente en la misma institución bancaria quien se designa Depositario Judicial en este acto, en cabeza de su representante el ciudadano RAFAEL GUSTAVO ROMERO ROA, titular de la cédula de identidad N°6.085.404, a quien el ciudadano Juez le tomó el juramento de ley en este acto, a lo cual manif.....