Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO en la presente causa seguida en contra del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, plenamente identificada en autos, por extinción de la acción, al haber prescrito la acción penal, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3°, 108 ordinal 6° del Código Penal, en concatenación con lo establecido en el artículo 537° de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Regístrese, publíquese, notifíquese. Déjese copia autorizada de la presente decisión. Remítase el expediente a la Oficina de Archivo Judicial, en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Tribuna.....