En consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA el acuerdo de las partes dándole efecto de Cosa Juzgada, se declara concluido el presente proceso y luego de transcurridos cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, se procederá a ordenar el cierre y archivo del expediente. Asimismo, se ordena expedir las copias certificadas solicitadas, instando a las partes a consignar copias simples de las mismas. ASÌ SE ESTABLECE.
La Juez,
Abg. María Mercedes Millán
La Secretaria,
Abg. Omaira Alejandra Uranga