Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado Nil Erich Moncada Guerreo, Inpreabogado Nº 54.169, actuando como apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "HIGH TECH ELECTRONICA, C.A.", contra la Providencia Administrativa No.DG-2012-A-0084, de fecha 30 de abril de 2012, dictada por la ciudadana NORIS NEGRÓN RANGEL, en su condición de Directora General de la Comisión Central de Planificación del Servicio Nacional de Contrataciones.