declara:
1.-PROCEDENTE LA MEDIDA DE EMBARGO SOBRE BIENES MUEBLES en la demanda por ejecución de fianza interpuesta por los abogados RAFAEL ANGEL DOMÍNGUEZ MENDOZA, LEYMAN VELASQUEZ, ALEJANDRO URDANETA, LUIS LEONARDO CARDENAS Y GUILLERMO AZA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 105.112, 117.213, 138.836, 71.833 y 120.986, actuando en su carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA (INFRAMIR), contra la Sociedad Mercantil "LA VENEZOLANA DE SEGUROS Y VIDA, C.A.", como fiadora solidaria y principal pagadora, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda con fecha 21 de abril de 1955, bajo el Nº 70, Tomo 4-A, según asiento publicado en la Gaceta Municipal del Gobierno del Distrito Federal del 12 de mayo de 1955, ejemplar Nro. 8531, e inscrita también por razón del cambio de denominación en el mismo Registro Mercantil el 18 de agosto de 1955, baj.....