III
Por las argumentaciones precedentemente expuestas, este Juzgado Vigésimo Cuarto (24º) de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión de la Separación Cuerpos y Bienes en divorcio, presentada por los ciudadanos JOANNA CATHERINE PEREZ GOMEZ y JEAN CARLOS DIAZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-14.484.550 y V-18.189.368, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ellos en fecha 27 de noviembre de 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Capital, según acta Nº 36, de los Libros de Matrimonios llevados por ese despacho correspondiente al año 2015.
TERCERO: Líbrense oficios de participación dirigidos a Registro.....