En consecuencia,definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Interlocutoria con Fuerza Definitiva N° 67/2025 de fecha 05 de marzo 2025,emanadapor este órgano Jurisdiccional, recaída en el Recurso Contencioso Tributariointerpuesto por lasociedad mercantil METANOL DE ORIENTE, METOR, S.A. y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fechados(02) de juliode dos mil veinticinco (2025).
La Juez.
Ma.....