Por lo anteriormente expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA PENA PRINCIPAL CORPORAL, al ciudadano GONZALEZ FUENTE VICTOR JESUS, cédula de identidad Nº V-12.240.980, venezolano, natural de San Nicolás Estado Portuguesa, hijo de Luís González y Maria del Rosario Fuentes, agricultor y residenciado en San Nicolás, calle Nº 03, casa Nº 3, Estado Portuguesa, por cumplimiento de la misma, por la comisión del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en los artículos 455 ordinal 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Cecilio Castejon , quedando sujeto a las penas accesorias de ley
Regístrese, notifíquese, ofíciese lo conducente, déjese copia y Archívese.-
El Juez de Ejecución N° 1,
Abg. Carmen Zoraida Vargas López
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