PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEFENSA DE PRESCRIPCIÓN alegada por la demanda en cuanto al Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos en la demanda incoada por el ciudadano URSULINA MARGARITA VALLEJO, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE.
SEGUNDO: Se concede el beneficio a partir de que la presente decisión quede definitivamente firme, por el 80% del salario mínimo vigente.
TERCERO: En virtud de la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 95 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Publíquese y Regístrese.