En consecuencia, de conformidad con lo sentado en la sentencia ut supra aludida y con la doctrina señalada, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés del demandante y en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento y así se decide.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión.