Por lo antes expuesto, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÒN INTERPUESTO POR los Abg. RAFAEL QUIÑONEZ URBAEZ, Abg. ANDREA SANTA CRUZ SALAZAR y Abg. AHMED SALOMON QUIÑONEZ SUBERO, en sus carácter de Defensores Privados del ciudadano OSWALDO RAFAEL SUBERO GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº V.- 6.081.150, en el expediente signado con el alfanumérico AP01-S-2015-004298 (Nomenclatura del Tribunal del Instancia), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, tipificado en el artículo 39 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, contra la decisión dictada, en fecha 27 de enero de 2017, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuit.....