PRIMERO: Corresponde al Juez de Control el conocimiento de la fase de investigación, teniendo facultad de controlar las garantías del proceso, como es que se respeten los principios del ordenamiento jurídico, SEGUNDO: En relación a la imputación hecha por el Ministerio Público, vinculada al DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto en el Artículo 458 del Código Penal, TERCERO: En cuanto a lo manifestado por la Defensa Privada, en el sentido de que nos encontramos ante la figura del Delito de Robo Impropio y no en el delito de Robo Agravado, en virtud de que al adolescente de autos no se le encontró ningún tipo de armas y las personas que fungieron como testigos manifiestan que los sujetos portaban armas de fuego, este Tribunal considera que si bien es cierto, lo manifestado por la Defensa en cuanto a que no le fue incautada arma alguna al adolescente de autos en el presente procedimiento, no es menos cierto, que para que se configure el Tipo Penal precalificado por el Ministerio Público, el c.....