DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Siete de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE PARCIALMENTE y conforme lo previsto en el numeral 5 del artículo 439 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 23 de julio de 2015, por el abogado JOSÉ ANTONIO CUELLAR CUBEROS, Inpreabogado Nº 115.486, defensor privado del acusado JONATHAN DE JESUS ORTIZ VALLENILLA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.385.409, de los pronunciamientos emitidos en la audiencia premilitar celebrada el 16 de julio de 2015, por el Juzgado Quincuagésimo de Control de este Circuito Judicial Penal, tal como quedó establecido en el cuerpo de la presente decisión.
SEXTO: ADMITE el escrito de contestación presentado el 11 de agosto de 2015, por Fiscalía del Ministerio Público de la Circunscripción.....