DISPOSITIVA
Por las razones antes expuesta, éste Juzgado Segundo en funciones de Ejecución de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dieta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: NIEGA, la fórmula de cumplimiento de pena de destino a Régimen Abierto, solicitada por el penado PEREDA RAMIREZ DARWIN DAVID, titular de la cédula de identidad Nro V- 14.527.904, antes identificado, conforme a lo previsto en el ordinal 30 del articulo 500 del Código Orgánico Procesal Penal (Reformado en el mes de octubre de
2006).-
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia de la presente decisión. Solicítese el traslado del penado en mención, quien se encuentra en La Casa de Reeducación, Rehabilitación, internado Judicial "La Planta" El Paraíso, a los fines de imponerlo de lo aquí decidido.-
LA JUEZ 2 DE EJECUCIÓN,
DRA. ANA TANIA ARVELO TRETIAKOFF.
LA SECRETARIA.
ABG. NURYS MA.....