Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra el auto de fecha 22 de julio de 2008 dictado por el Juzgado 37° de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo, en el juicio seguido por ILEANA VILLALOBOS en contra del INSTITUTO METROPOLITANO DE URBANISMO, TALLER CARACAS. SEGUNDO: Se confirma el auto apelado. TERCERO: por la naturaleza del presente fallo se exonera a la parte demandada del pago de las costas.