Se publicó y consignó resolución declarándose: 1.- LA CADUCIDAD de la acción de nulidad interpuesta por el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional contra la providencia administrativa n° 701-11 del 28/12/2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Norte del Municipio Libertador en el Distrito Capital, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. 2.- LA INADMISIBILIDAD de la referida demanda. 3.- No hay condena en costas por cuanto el ente accionante goza de los privilegios procesales de la República Bolivariana de Venezuela.-