Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 12 al 20 y presentado por el ciudadano RUBEN ROJAS, titular de la C.I. V-15.022.284, asistido por la abogada ADRIANA BRACHO, IPSA Nº 138.491, en su carácter de parte oferida y la oferente DHL EXPRESS ADUANAS VENEZUELA, C.A., en la persona del abogado SAMIA CHEJIN, IPSA Nº 31.926, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO BOLIVARES CON CINCUENTA Y SEIS CENTIMOS (Bs.574.785,56), la cual fue pagada mediante cheque del Banco Mercantil, Nº 39003961, fecha 31-07-2013, que ya le fue entregado al trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, .....