VI. PARTE DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Indemnizaciones derivadas de la enfermedad ocupacional, interpuesta por el ciudadano WILLIAMS JOSE OCANDO MONZON, contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT, sociedad anónima existente según las leyes de la República Federativa de Brasil, constituida en fecha 1° de agosto de 1945, registrada en el MEMEC/RCA bajo el número 200-74/302, con domicilio en la ciudad de Salvador de Bahía, inscripción fiscal en el Ministerio de Hacienda (CGC/MF) número 15.102.288/0001-82, domiciliada en Venezuela según documento inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 2.....