Ahora bien, consta de autos que en fecha 30 de octubre de 2006, compareció el ciudadano JESUS RAFAEL RAMOS BARRETO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, y mediante diligencia, que riela en este expediente al folio ochenta y cuatro (84), desitió de la presente demanda, en nombre de su representada y solicitó del tribunal la respectiva homologación de ese acto, por lo que este tribunal evidenciado como se encuentra que la parte demandante tiene plena capacidad para disponer del objeto sobre el que versa la controversia, su apoderado tiene la representación que se atribuyen las cuales le confieren facultad para este acto, y se trata de materias en las que no se encuentran prohibidas las transacciones, este tribunal Administrando Justicia y nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos dando por consumado el acto, debiendo procederse como Sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con lo estab.....